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Bible Commentaries
Números 35

Comentario Popular de la Biblia de KretzmannComentario de Kretzmann

Versículo 1

Y habló Jehová a Moisés en los llanos de Moab junto al Jordán, cerca de Jericó, diciendo:

Versículos 1-8

Las ciudades de los levitas

Versículo 2

Manda a los hijos de Israel que den a los levitas de la herencia de sus posesiones ciudades para habitar, porque los levitas, como tribu, no recibieron territorio especial en la tierra de Canaán, Números 18:20 ; y daréis también a los levitas ejidos para las ciudades circundantes, prados, pastos para sus vacas y rebaños, campos que no se podían vender, sino que permanecían como propiedad permanente e inalienable de los levitas, Levítico 25:34 .

Esto no se aplica a las ciudades en sí, porque en ellas solo las casas fueron dadas a los levitas, respecto de las cuales el Señor había dispuesto que pudieran ser redimidos en cualquier momento después de ser vendidos y siempre debían ser devueltos a los dueños originales o sus herederos en el Año de Jubileo, Levítico 25:32 .

Versículo 3

Y las ciudades tendrán que habitar; y los ejidos, los prados y los pastizales de ellos serán para sus ganados y para sus bienes y para todas sus bestias.

Versículo 4

Y los ejidos de las ciudades que daréis a los levitas llegarán desde el muro de la ciudad y mil codos hacia afuera alrededor, es decir, midiendo directamente desde el muro de la ciudad en línea recta.

Versículo 5

Y mediréis desde fuera de la ciudad, desde su muro o límite, al lado oriental dos mil codos, al lado sur dos mil codos, al lado occidental dos mil codos, y al lado norte dos mil codos; y la ciudad estará en medio, y el lugar que ocupa no debe entrar en los cálculos; éstos serán para ellos los ejidos de las ciudades.

Versículo 6

Y entre las ciudades que daréis a los levitas, habrá seis ciudades de refugio, que designaréis para el homicida, para el hombre que sin querer quita la vida a su prójimo, para que huya allí; ya ellas les añadiréis cuarenta y dos ciudades, haciendo un total de cuarenta y ocho.

Versículo 7

De modo que todas las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades; les daréis con sus ejidos.

Versículo 8

Y las ciudades que daréis serán de posesión de los hijos de Israel, escogidas del territorio repartido entre las tribus; de los que tienen muchos, les daréis muchos; pero de los que tienen poco, poco les daréis; Cada uno dará sus ciudades a los levitas según la heredad que posea. A medida que el plan se desarrolló después, Josué 21, había diez ciudades de los levitas en el país al este del Jordán y treinta y ocho en la propia Canaán.

Al vivir en medio de todas las tribus, los levitas iban a ser un ejemplo para toda la nación, recordándoles continuamente su llamado divino y el pacto de Jehová, para que el temor de Jehová se mantuviera en Israel.

Versículo 9

Y el Señor habló a Moisés, diciendo:

Versículos 9-34

Normativa relativa a las ciudades de refugio

Versículo 10

Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando pasen el Jordán a la tierra de Canaán,

Versículo 11

Entonces os nombraréis ciudades como ciudades de refugio para vosotros, para que huya el homicida que mata a cualquier persona sin saberlo, por error, sin darse cuenta, sin premeditación ni malicia.

Versículo 12

Y serán para vosotros ciudades de refugio del vengador (de la sangre), para que el homicida no muera hasta que comparezca ante la congregación en juicio y pueda librarse de la acusación de asesinato malicioso.

Versículo 13

Y de estas ciudades que daréis, seis tendréis por refugio.

Versículo 14

Daréis tres ciudades de este lado del Jordán, en el territorio de las dos tribus y media, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán, que serán ciudades de refugio.

Versículo 15

Estas seis ciudades serán un refugio, tanto para los hijos de Israel como para el extranjero y para el peregrino entre ellos, para que todo el que mate a alguien sin darse cuenta, sin querer, pueda huir allí. Estas regulaciones se amplían aún más en Deuteronomio 19:1 , especialmente con respecto al vengador de la sangre, porque así se llamaba al pariente más cercano de cualquier persona a quien se había cometido una injusticia.

Con el permiso de Dios, esa persona tenía el poder de vengarse de un agravio, incluso hasta el punto de dar muerte a un asesino, precepto actual que regula la costumbre. Siguen las normas relativas al proceso legal en caso de homicidio involuntario.

Versículo 16

Y si lo hiere con instrumento de hierro y muere, es homicida; el homicida ciertamente morirá.

Versículo 17

Y si lo hiere arrojándole una piedra, con una piedra lo suficientemente grande para llenar la mano, y por lo tanto presumiblemente lo suficientemente pesada como para causar la muerte, con la cual puede morir, y muere, es un homicida; el homicida ciertamente morirá.

Versículo 18

O si lo hiere con un arma de mano de madera, uno cuya sujeción requiere el tamaño completo de la mano, con la que puede morir, y muere, es un asesino; el homicida ciertamente morirá.

Versículo 19

El mismo vengador de la sangre matará al homicida; cuando lo encuentre, lo matará. En estos tres casos, en los que se utilizó un pesado instrumento de hierro, un hacha o martillo, una piedra grande o una pesada herramienta de madera o garrote para abatir al vecino, la evidencia de que deliberadamente le quitó la vida al vecino se consideró concluyente desde el principio. .

Versículo 20

Pero si lo empujó de odio, o lo arrojó al acecho, con la intención deliberada, de que muera,

Versículo 21

o en enemistad lo hiere con su mano y muere, el que lo hirió, ciertamente morirá; porque es un asesino; el vengador de la sangre matará al homicida cuando lo encuentre, estando los ancianos de la ciudad de refugio en ese caso obligados a entregar al homicida al vengador de la sangre, Deuteronomio 19:11 .

Versículo 22

Pero si lo empujó repentinamente sin enemistad, sin una pelea previa, o le arrojó algo sin esperar, sin mala intención,

Versículo 23

o con cualquier piedra con la que un hombre pueda morir, sin verlo, y arrojarlo sobre él para que muera, como podría suceder, por ejemplo, durante la construcción de una casa, y no era su enemigo, ni lo buscaba. daño, no tenía absolutamente ninguna intención de lastimarlo,

Versículo 24

entonces la congregación juzgará entre el asesino y el vengador de sangre de acuerdo con estos juicios, de acuerdo con los reglamentos contenidos en este Capítulo;

Versículo 25

y la congregación librará al asesino de la mano del vengador de la sangre, salvará su vida impidiendo su ejecución por la mano del vengador, y la congregación lo devolverá a la ciudad de su refugio, le concederá salvoconducto para este refugio seguro, adonde huyó, porque el juicio, por supuesto, tuvo lugar en su propia ciudad; y permanecerá en él hasta la muerte del sumo sacerdote ungido con el óleo santo, el titular del oficio en el tiempo del juicio. La muerte del sumo sacerdote lo liberó así de su destierro.

Versículo 26

Pero si el homicida llegara en cualquier momento fuera de la frontera de la ciudad de su refugio, adonde huyó, donde gozó de la protección de los levitas bajo las disposiciones de esta ley,

Versículo 27

y el vengador de sangre lo encuentra fuera de los límites de la ciudad de su refugio, y el vengador de sangre mata al asesino, él (el vengador) no será reo de sangre, no será considerado asesino,

Versículo 28

porque él (el homicida) debería haber permanecido en la ciudad de su refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Pero después de la muerte del sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra. de su posesión, a su propia herencia en medio de su tribu, ya que su vida ahora estaba salvaguardada por la Ley de Dios.

Versículo 29

Así que estas cosas os serán por estatuto de juicio por vuestras generaciones en todas vuestras moradas; estos preceptos pertenecían a las ordenanzas que debían permanecer en el poder mientras la nación de Israel perdurara.

Versículo 30

Cualquiera que mate a una persona, el homicida será ejecutado por boca de testigos, siendo necesario su testimonio para condenarlo; pero un solo testigo no testificará contra nadie para causarle la muerte. Cuando la vida de una persona está en peligro, el testimonio de una sola persona, no importa cuán digno de confianza sea de otra manera, no debe considerarse suficiente para la condena. Cf Deuteronomio 17:6 ; Deuteronomio 19:15 .

Versículo 31

Además, no tomaréis satisfacción por la vida de un asesino que es culpable de muerte, no podría salvar su vida pagando una suma de dinero como rescate; pero ciertamente morirá.

Versículo 32

Y no recibiréis satisfacción del que huye a la ciudad de su refugio, para que vuelva a habitar en la tierra, hasta la muerte del sacerdote; ningún pago de dinero debería procurarle la liberación de su destierro.

Versículo 33

Por tanto, no contaminaréis la tierra en que os encontráis perdonando la vida de un asesino, debido a un sentimiento falso o la aceptación de dinero de soborno; porque la sangre contamina la tierra, es decir, la que se derrama con homicidio voluntario; y la tierra no puede ser limpiada de la sangre que se derrama en ella, sino por la sangre del que la derramó, Génesis 9:6 ; sólo por esta expiación se satisface la justicia de Dios.

Versículo 34

Por tanto, no contaminéis la tierra que habitaréis, en la que yo habito; porque yo, el Señor, habito entre los hijos de Israel, y toda profanación de la tierra provocaría su justicia vengativa, Levítico 18:25 . Aunque este precepto especial pertenece a la Ley Levítica del Antiguo Testamento, sería bueno que los cuerpos legislativos y ejecutivos, especialmente en nuestro país, dejaran a un lado el falso sentimentalismo que perdona la vida a los asesinos y que ha demostrado ser una maldición para la nación. .

Información bibliográfica
Kretzmann, Paul E. Ph. D., D. D. "Comentario sobre Numbers 35". "Comentario Popular de Kretzmann". https://www.studylight.org/commentaries/spa/kpc/numbers-35.html. 1921-23.
 
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